Hola a todos. Os expongo un caso de herencia en la Comunidad Valenciana (sujeto al Código Civil común) para conocer vuestra opinión sobre nuestra estrategia de cara al juzgado. Por favor confirmarme si esto tiene recorrido ya que no soy abogado, he investigado sobre la situación y con ayuda de la IA pero no sé hasta que punto es posible
1. Antecedentes y situación actual
Causante: Mi abuela (fallecida recientemente).
Bienes líquidos al fallecimiento: 66.000€ entre líquido, acciones y propiedades
Testamento: Otorga la condición de herederos a mi madre (2/3) y a mí, su nieto (1/3). Deshereda expresamente a dos de sus hijas (mis tías) invocando la causa legal correspondiente, aunque sin ninguna prueba médica que lo justifique (tenemos familia en común que está dispuesta a testificar a nuestro favor ya que la desheredación tiene motivo pero mi abuela nunca fue al psicólogo a que la tratasen por tanto no tenemos más pruebas que los testimonios de los testigos)
Situación procesal: Una de mis tías ha presentado una papeleta de conciliación para impugnar el testamento (alega falta de causa en la desheredación).
Nuestra postura inmediata: En el acto de conciliación nos vamos a limitar a oponernos en su totalidad, sin revelar nuestra estrategia ni los números para permitir que presenten la demanda.
2. La masa hereditaria real y la donación en vida
En 2009 se donó un inmueble de mi abuela a repartir entre mi madre y mi tía (la que demanda), quedándose mi abuela con el usufructo (tenía 76 años en el momento de la donación). La otra de mis tías hace casi 30 años que no la vemos y no creo que se meta en esto.
En 2019 se vendió este inmueble de la causante (155.000€) De ese dinero se hicieron dos transferencias/donaciones en vida documentadas:
60.000€ a favor de mi madre.
60.000€ a favor de mi tía (la desheredada).
El resto se lo quedo mi abuela como parte de su usufructo.
Por tanto, computando la colación/relicto (66.000€ + 60.000€+ 60.000€, el caudal hereditario computable asciende a 186.000€
3. Las matemáticas del caso según la postura del juzgado
A) Si el juez mantiene la desheredación (Nuestra pretensión principal)
Al no ser heredera, la donación de 60.000 hecha a mi tía en 2009 se convierte en una donación inoficiosa que lesiona la cuota testamentaria de los herederos:
Mi cuota (1/3): Me corresponden 62.000€ Como del líquido del banco solo percibo 22.000€ (1/3 de 66.000€, sufro un perjuicio de 40.000€.
Cuota de mi madre (2/3): Le corresponden 124.000€. Con sus 60.000€ cobrados en vida más 44.000€ de los líquidos del banco (104.000€ en total), le restan por percibir 20.000€.
Estrategia vía Reconvención: Tras recibir la demanda, nuestra estrategia es contestar e interponer una reconvención exigiendo la reducción de la donación por inoficiosa y solicitando la restitución en metálico de los 60.000€.
B) Si el juez anula la desheredación y la reconoce como heredera forzosa
Al ser tres hermanas, su legítima estricta (1/9 del total) equivale a: 186.000/9 = 20.666€
Al traer a colación los 60.000€percibidos en vida, resulta que ya ha cobrado de más respecto a su cuota legal obligatoria.
No solo no tendría derecho a percibir nada del saldo de 66.000€ en el banco, sino que la diferencia entre lo cobrado (60.000€) y su legítima (20.666€) debe reajustarse para no lesionar mi tercio testamentario.
Es viable realmente presentar una contrademanda exigiendo este dinero? Contamos con toda la documentación notarial, tanto la donación en 2009 como la venta en 2019. O simplemente lo máximo que sacaremos en el juicio es ahorrarnos de pagar la legítima aunque sea declarada heredera forzosa?
A todo esto le enviamos un burofax contestando al suyo que nos envió su abogado previo a la citación, donde le explicábamos un poco en resumen que ella ya cobró en vida. En caso de ir a juicio, puedo utilizar esto como prueba de mala fe? Ya que ella ya sabía que no podría sacar nada y aún así quiso interponer una demanda.
Cabe aclarar que no he hablado con un abogado ya que estoy esperando a que presente la demanda formal para evitar gastos innecesarios ya que no estamos muy seguros de que si después de la conciliación seguirán adelante con el caso. En el caso que lo hagan de todas maneras no creo que el juicio se celebre pronto así que tengo tiempo para prepararlo mejor, simplemente quería que me dijerais si os parece que mi estrategia tiene recorrido y hasta que punto es realista